En modo experimental, el director general del Ministerio de Salud decidió nombrar una comisión de objeciones, la cual tendrá a su cargo revisar las objeciones de los médicos y dentistas o candidatos a estas profesiones, sobre las decisiones del Departamento de Habilitación de licencias para el ejercicio de profesiones médicas y la manera por la cual se manejan las consultas al departamento. La comisión revisará y presentará sus recomendaciones al director general del Ministerio, quien tomará la decisión definitiva respecto a cada objeción.
Esta comisión no viene a reemplazar la opción de acudir a las instancias judiciales.
Los asuntos que debatirá la comisión
La comisión de objeciones debatirá las decisiones definitivas tomadas por el Departamento de Habilitación para el ejercicio de profesiones médicas, en los siguientes casos únicamente:
- Cuando se argumente que la decisión fue tomada sin considerar datos relevantes que fueron presentados.
- Cuando se argumente que existen circunstancias especiales que fueron presentadas pero no tomadas en consideración.
La comisión también debatirá en los casos donde la decisión no haya sido notificada dentro de los 45 días desde el día que se presentó la solicitud (esto en el caso que el solicitante haya presentado todos los documentos que le fueron exigidos); en los casos de solicitudes que fueron delegadas al estudio de una comisión de consulta – 45 días desde el día del debate en la comisión de consulta.
Antes de contactar a la comisión de objeciones, se deben tomar todas las acciones posibles pertinentes a disposición de los solicitantes y seguir el procedimiento habitual existente en el departamento, como por ejemplo contactar a la comisión de apelaciones en caso de apelar a la nota de un examen.
Presentación de la objeción
Todo aquel a quien cuya solicitud haya sido rechazada o no hay sido tratada a tiempo y sostiene que dicha solicitud cumple con las condiciones de los asuntos que debate la comisión, puede presentar sus objeciones a la decisión o a la falta de decisión, ante la comisión de objeciones.
La objeción se presentará por escrito, en hebreo e incluirá los siguientes datos:
- Nombre del objetor, número de teléfono, dirección de correo electrónico actualizado y domicilio para la recepción de notificaciones y documentos.
- Resumen de la decisión objeto de la objeción.
- Los hechos en los que se funda el objetor.
- Los argumentos en los que el objetor funda su objeción.
- La asistencia requerida.
- Cada copia de la carta de objeción será acompañada por una copia de la decisión objeto de la objeción y de cualquier otro documento en el cual el objetor funda sus argumentos y que tenga en su posesión.
La objeción debe presentarse no más tarde de 45 días desde la fecha de la notificación de la decisión al objetor.
La carta de objeción debe enviarse a la dirección de correo lectrónico
hasaga@moh.gov.il.
Fecha de reunión de la comisión
La comisión se reunirá periódicamente de acuerdo a las objeciones que se reciban en la bandeja de entrada del correo electrónico de la comisión. La comisión se compromete a revisar y discutir las objeciones presentadas que cumplan con todas las condiciones. El director general del Ministerio de Salud o su delegado podrán reunir a la comisión en caso reciban objeciones directamente y que cumplan con todas las condiciones.
Solicitudes que no debatirá la comisión
El presidente de la Comisión de Objeciones, en consulta con la oficina de la asesora judicial, tiene el derecho a rechazar de llano una solicitud presentada a la comisión de objeciones, en los casos que estén convencidos que:
- La objeción se ocupa de la interpretación de la ley o de un asunto que se debate actualmente en los tribunales.
- La objeción sostiene que las normas existentes no son razonables.
- La objeción fue escrita en lenguaje ofensivo o con el objeto de perjudicar la reputación del personal del Departamento de Habilitación para el ejercicio de profesiones médicas.
- Aún no transcurrieron los 45 días desde la presentación de la solicitud ante el Departamento de Habilitación para el ejercicio de profesiones médicas.
- El solicitante aún no presentó todo el material exigido por el Departamento de Habilitación para el ejercicio de profesiones médicas, a fin de que este examine su solicitud.
- El solicitante no tomó todas las acciones posibles, existentes a su disposición por el departamento.
- La consulta se ocupa de temas puramente profesionales discutidos por entidades profesionales calificados en el departamento.
Recomendaciones de la comisión
Las recomendaciones de la comisión se notificarán al director general del Ministerio de Salud y la decisión definitiva del director se enviará al objetor dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la decisión.